Para evitar accidentes, incidentes y sanciones, además de optimizar la seguridad de todos los involucrados, la formación es indispensable.
Cuando tratamos con mercancías peligrosas, la formación es un requisito legal.
El empleador es responsable de asegurar que sus empleados reciban la formación, que cada uno de los modos de transporte establece como necesaria, y que la capacitación de los trabajadores, una vez recibida la formación, sea la adecuada para realizar sus funciones correctamente y con seguridad.
La formación no solo aporta conocimientos en una empresa, sino que esos conocimientos hacen a las empresas más competentes y como consecuencia son capaces de proyectar sus ventas con garantías de éxito.
Todos somos clientes y proveedores en la sociedad y lo que todos valoramos es el servicio. Para dar un buen servicio con mercancías peligrosas es imprescindible conocer la normativa vigente. Eso evitará retrasos innecesarios en el transporte, clientes descontentos, costes extraordinarios y sanciones.
Invertir en formación es invertir en la mejora de la calidad y la seguridad. En definitiva, es vender más y mejor. Es ser más eficiente.
TOP DGR tiene como objetivo ofrecer programas de formación de calidad, que cubren los requisitos legales básicos, pero que también establecen una cultura de seguridad en el trabajo.
Ofrecemos cursos en abierto y cursos a medida para empresas para transporte aéreo (OACI/IATA), por carretera (ADR) y por vía marítima (IMDG).
Toda nuestra formación está acreditada.
Las Instrucciones Técnicas de la OACI (Organización de la Aviación Civil Internacional) establecen la capacitación obligatoria y necesaria para cualquier actividad relacionada con la preparación de envíos, su despacho, la manipulación, el embalado y la seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por vía aérea.
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El Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera ADR, establece que los participantes en las actividades de expedición, embalado, carga, descarga, manipulación, transporte y explotación relacionados con mercancías, deberán recibir formación según las responsabilidades y las funciones de la persona afectada.
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El Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), establece que el personal de tierra que se dedique al transporte de mercancías peligrosas destinadas a ser transportadas por vía marítima, deberá recibir formación sobre el contenido de las disposiciones relativas a las mercancías peligrosas a la medida de sus responsabilidades.
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Para poder conocer la interrelación entre los distintos reglamentos que afectan a la operación multimodal de transporte, es imprescindible saber vincular los requisitos de cada normativa y aplicarlos de una manera eficaz para que el resultado final sea exitoso.
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